"Burnout" - El término de moda y la NOM035 que viene con todo
- LET Consulting Partner
- 5 jul 2019
- 3 Min. de lectura
A partir de octubre del 2019, las empresas tienen que velar por salvaguardar los riesgos de la salud mental de los colaboradores por consecuencia de las condiciones de trabajo.
En octubre de 2018, se publicó una nueva norma obligatoria, cuyo objetivo es promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

La regulación, identificada como Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, fue diseñada por la Secretaría del Trabajo (STPS) para identificar, analizar y prevenir riesgos psicosociales en el ambiente laboral.
La NOM 035 define factores de riesgo psicosocial como aquellas situaciones laborales que generan reacciones físicas o mentales que influyen en la toma de decisiones que no favorecen una vida de equilibrio para el trabajador. Éstos pueden provocar (principalmente) trastornos de ansiedad, del ciclo del sueño y de adaptación, y estrés.
En la Declaración de Derechos Humanos y en la Ley Federal del Trabajo, se establece que las “personas tienen derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure y respete la dignidad humana del trabajador.”
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) explica que los factores psicosociales están relacionados, principalmente, con las condiciones de trabajo (el ambiente laboral, la asignación de tareas y factores de organización) y las reacciones de los trabajadores, que dependen de sus habilidades, necesidades, expectativas, cultura y vida privada.
La consultora Mercer, en un artículo publicado por la revista FORBES México, explica que para identificar las causas de riesgo psicosociales, se deben de considerar 3 esferas de riesgo en la empresa:
Organización del trabajo: Se relaciona con lo habitual que es ver una mala distribución de la carga de trabajo, fechas límite no realistas, poca claridad de tareas, roles contrarios u órdenes contradictorias.
Condiciones de trabajo: Las afectaciones se dan porque el trabajo implica condiciones físicas que demandan esfuerzos para adaptarse; por ejemplo: mucho ruido, mucho sol, mucho frío.
Condiciones laborales: Contribuyen a crear riesgos psicosociales las condiciones como el trabajo informal, la inseguridad laboral, el empleo precario, la falta de opciones de crecimiento y los beneficios de seguridad social asimétricos
La NOM-035 específica que es aplicable para todos los centros de trabajo de todo el territorio mexicano. Por ejemplo, si la empresa cuenta con 2, 10 o 20 centros de trabajo, estos tienen que ser evaluados, analizados y contar con programas de prevención de forma individual.
Las obligaciones del patrón
Las empresas tienen la obligación jurídica de proteger, en el lugar de trabajo, la salud y la seguridad de sus empleados, y de protegerlos contra los efectos del estrés y otros riesgos
psicosociales. Por lo tanto, la NOM-035, establece las siguientes obligaciones del patrón:
Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales.
Identificar trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y canalizarlos para atención especializada en la institución de seguridad social o privada.
Evaluar, identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
Evaluar el Entorno Organizacional Favorable.
Establecer un programa para la Prevención de los factores de riesgo psicosocial.
Difundir medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocia (Campaña de comunicación).
Realizar acciones para promover el entorno organizacional favorable y salud psicosocial.
Establecer mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por violencia.
Establecer un programa para la atención y control de los factores de riesgo psicosociales detectados.
Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas más profundas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
La sanción por incumplimiento, estima Carlos Ferrán Martínez, socio del área laboral del despacho Cuesta Campos Asociados, podría ir de 500 a 5,000 unidades de medida y actualización (hoy, cada unidad equivale a 84 pesos), es decir, de 42,000 a 420,000 pesos. La firma de asesoría en salud para el trabajador Orienta PAE estima que los costos de sanciones por incumplimiento de la NOM para las empresas podrían ser de hasta 3.3 millones de pesos, en los casos de empresas grandes.
Comments